OTRO FALSATI EN LA SOP: ES EL SUB SECRETARIO
Se trata de Ariel Esaú Macías Zapata quien se ostenta como ingeniero.
Aguascalientes, Ags. Jueves 13 de Enero del 2022.
Por Rodolfo Franco / Reportaje / Investigación.-
Ya son dos funcionarios ‘falsatis’ Jesús Altamira Acosta Secretario de Obras Públicas del estado y el Sub Secretario Ariel Esaú Macías Zapata.

La semana pasada le presenté un reportaje en el que di cuenta del titular de la Secretaria de Obras Públicas del estado de Aguascalientes, José de Jesús Altamira Acosta, quien firma documentación oficial en calidad de Arquitecto, pero no aparece su cédula profesional en la búsqueda realizada en el Registro Nacional de Profesiones, por lo que firmar documentación oficial sin contar con cédula profesional constituye un delito.
Te puede interesar; https://rodolfofranco.com/2022/01/07/falsati-el-secretario-de-obras-publicas-del-estado-de-aguascalientes/
En la ampliación de la investigación, logré conocer que Ariel Esaú Macías Zapata, quien se desempeña como Sub Secretario de Coordinación Técnica y ha ocupado el cargo de Director General de Planeación, Costos y Licitación de Obra, firma como Ingeniero sin serlo.

En la búsqueda realizada en la página web de la Secretaría de Educación Pública, sección del Registro Nacional de Profesionistas, se puede observar el texto desplegado que señala; “Mensaje No se encontraron datos de: ARIELE ESAU MACIAS ZAPATA. Fecha de consulta 2022-01-13”.
Por lo tanto NO es Ingeniero como se firma y dice ser.

La Gravedad de las Firmas de Dos ‘Falsatis‘
La Secretaría de Obras Púbicas del Estado de Aguascalientes se encuentra metida en el escrutinio público por la duplicidad de funcionarios ‘falsatis’; el Secretario de Obras Públicas José de Jesús Altamira Acosta quien firma y se ostente como Arquitecto sin serlo, el Sub Secretario Ariel Esaú Macías Zapata quien también se ostenta como Ingeniero sin serlo.
Una secretaría con dos ‘Falsatis’ cuyos documentos, convenios y contratos firmados pueden ser impugnados y nulificados.

Toño Martín del Campo Prevé Repercusiones
En opinión del Senador panista, Juan Antonio Martín del Campo, puede haber repercusiones en caso de que existan funcionarios públicos que firmen contratos o documentos oficiales ostentando una profesión que no tienen.
“Yo creo que puede tener una responsabilidad, por supuesto, hay una ley de responsabilidad de los servidores públicos como tal, y si no estás cumpliendo con esa responsabilidad, entonces puede haber sanciones.”
Resaltó que incluso, si hay alguien que se sienta agraviado y presenta alguna queja, los actos realizados por el servidor público pueden quedar invalidados. “¿Por qué? porque está firmando alguien que no tiene precisamente lo que es el título como tal”. “Yo creo que ahí debe de ser como te digo, en la honestidad y la honestidad está no desde que no te robes un peso, la honestidad está desde decir la verdad, en si te ofrecen a ti algún puesto y si no tienes la capacidad, dices, no gracias.”

La CMIC
En opinión de Ángel Palacios, presidente de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción en Aguascalientes (CMIC), se debe cumplir la ley de profesiones del estado, luego de ser cuestionado sobre la falta de cedula profesional de José de Jesús Altamira Acosta, secretario de obras públicas del estado; “Te lo pongo más sencillo, si tú creas una constructora y tú eres dueño de la constructora, pues contratas personal capacitado, entonces para cumplir con la ley de profesiones del estado, supongo que debe estar titulado, pero la verdad no tengo los elementos para poder decirte.”

Te puede interesar; https://rodolfofranco.com/2022/01/11/para-cumplir-con-la-ley-debes-estar-titulado-senala-cmic-sobre-secretario-falsati-de-sop/
Es Delito Ostentarse Como Profesionista sin Serlo
De acuerdo a la opinión de un abogado, quien firme y se ostente como profesionista sin serlo, comete el delito tipificado por el Código Penal Federal, que sanciona con prisión de uno a seis años y multa de cien a trescientos días.

El Gobernador Podría Tener Responsabilidad
De acuerdo al abogado consultado, la responsabilidad alcanzaría al mismo mandatario estatal, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes establece que al haberlo nombrado titular del ramo por la facultad que le confiere el artículo noveno, debió exigirle la presentación de la correspondiente cédula profesional.
La misma responsabilidad aplicaría para el titular del área de Control Interno de la SOP, al no advertir y alertar de la ausencia de la cédula profesional, violando la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes.

En twitter me encuentras como @RFInforma