DENUNCIAN A POLICIA ESTATAL POR EJERCICIO INDEBIDO DEL SERVICIO PÚBLICO

No está facultada la policía estatal para operar en carreteras federales.

Aguascalientes Nacional e Internacional Opinión Policíaca

Ene-09-2025

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DENUNCIAN A POLICIA ESTATAL POR EJERCICIO INDEBIDO DEL SERVICIO PÚBLICO

 

Por Rodolfo Franco

Transitaba Efrén N.N. el 9 de marzo del 2024 alrededor de las 13 horas con 27 minutos de Aguascalientes a la ciudad de Guadalajara a bordo de su automóvil Renault Logan, modelo 2024 color gris, el auto no portaba placas de circulación ni tarjeta, pero ostentaba en el parabrisas, del lado derecho, un permiso provisional para circular sin placas y tarjeta de circulación con vigencia del 8 de marzo hasta el 6 de abril del 2024, permiso expedido por la Dirección de Tránsito de Malinalco, Guerrero, al llegar a la caseta sur (límite con Jalisco), donde se ubica un puesto de control de la Guardia Nacional y el Ejército, también se encontraba una patrulla de la Policía Estatal de Aguascalientes.

Al intentar cruzar la caseta, una policía estatal le indicó que detuviera su marcha, ordenando estacionarse en una bahía de revisión, la policía que en ningún momento se identificó como lo mandata el artículo 42 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la policía le indicó que se encontraba en el supuesto de no traer placas ni tarjeta de circulación, motivo por el que le retendría el automóvil, levantaría una infracción y enviaría mediante una grúa el vehículo a un corralón en el estado de Aguascalientes para garantizar el pago de la multa.

El ahora víctima comentó al policía estatal que su permiso contaba con un código QR y un holograma por lo que podría comprobar su autenticidad. Además le mencionó que existía en el mismo permiso una dirección web en donde se puede verificar la autenticidad del permiso, pese a la explicación el policía estatal actuó de manera prepotente y abusando de su autoridad sin acreditarle al propietario que el permiso que ostentaba no tenía validez.

Refiere el denunciante que la policía estatal no tiene las facultades para realizar la revisión en una carretera federal que le está asignada exclusivamente a la Guardia Nacional, invocando el Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Aguascalientes en su Artículo 17, reconoce que tiene como objeto prevenir la comisión de delitos y la violación a las leyes reglamentos y demás disposiciones jurídicas en los caminos interestatales brechas y terracerías del estado por lo que los policias estatales no están facultados para operar como policías de carretera en carreteras federales.

Manifiesta el denunciante que cuando fue a recuperar su vehículo por el que tuvo que pagar multa y arrastre o traslado de grúa, se encontró con cinco o seis personas que les habían hecho exactamente lo mismo. Por tales arbitrariedades, el ofendido presentó el 4 de abril del año 2024 formal denuncia en contra de Blanca Estela Tavares García policía preventivo estatal por él abuso de autoridad daños y perjuicios y las que resulte determinando la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, que la clasificación jurídica provisional es Ejercicio Indebido del Servicio Público.

Cabe señalar que la defensa argumentó que los policías estatales sí pueden operar en la caseta de la carretera federal 45, porque existe un convenio entre dependencias, sin embargo el abogado de la víctima logró demostrara lo contrario, solicitó que la Guardia Nacional se pronunciara al respecto, la respuesta provino del titular de la Estación Aguascalientes Agente Gerardo Ocaña Delgadillo quien manifestó lo siguiente “…sin que exista algún convenio de colaboración entre la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana con el Gobierno del estado”.

Por otro lado la Agente Investigadora María del Carmen Cadena Román en su Acta de Inspección de Objetos, describió lo siguiente; “Tengo a la vista un documento con la leyenda permiso provisional para CIRCULAR SIN PLACAS Y SIN TARJETA DE CIRCULACIÓN….. expedido del 8 de marzo del 2024 al 6 de abril del 2024, también cuenta con logotipos sellos la insignia de la policía preventiva municipal y un código QR expedido por el municipio de Malinaltepec, Estado de Guerrero”, dando veracidad de la existencia del permiso para circular el automóvil.

Ante las pruebas presentadas por el denunciante, todo indica que la policía estatal actuó de manera arbitraria y abusiva.