Renovación del Sindicato en la UAA se ve marcada por acusaciones de injerencia e ilegalidad
Es ilegal porque contraviene los estatutos legales del STUAA

RFInforma / Aguascalientes / viernes 30 de agosto del 2024
Redacción.
Hace algunos días inició el proceso de renovación del Sindicato de Trabajadores de la Universidad Autónoma de Aguascalientes, que cuenta con 577 agremiados.
En dicha contienda participan las planillas «Conexión Contigo» y «Vanguardia», siendo esta última la encarnación de la ilegalidad, el injerencismo y el retorno del sindicalismo charro a la otrora Benemérita Institución.
Vamos por partes:
Es ilegal porque contraviene los estatutos legales del STUAA, al pretender una nueva reelección del C. Neftalí Ortiz. Es ilegal porque viola la Legislación Universitaria, la Ley Federal del Trabajo, los Lineamientos Generales para los Procedimientos de Democracia Sindical, los Principios Electorales y las Reglas Comunes Aplicables a los Procedimientos de Democracia Sindical a Cargo de los Sindicatos.
Injerencista, porque no solo permite, sino que alienta que otros poderes, como el Sindicato Único de Trabajadores Estatales y Municipales de Aguascalientes y la Federación de Sindicatos de Trabajadores del Estado de Aguascalientes, pretendan intervenir en el proceso de renovación del sindicato de los trabajadores administrativos de la vapuleada Universidad. Con ello, no solo se violentan los procesos internos, sino además la propia legislación universitaria.
Y peligrosamente tiende al sindicalismo sometido, complaciente y cómplice de las afectaciones económicas al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de los trabajadores de la UAA.
Yesenia Pinzón paga a Jose Neftalí su cómplice silencio ante la afectación a las jubilaciones de todos los trabajadores universitarios, haciendo promoción de la imagen de los integrantes de la planilla «Vanguardia» por medio de los canales institucionales de difusión, en una flagrante intromisión a la elección sindical por parte del patrón. Parece que el empleador ya eligió planilla y es la que les conviene, ya por su disciplina, sumisión y autoimpuesto silencio.
En estos días que se desarrolla la contienda, la Universidad ha continuado con la difusión de la imagen y metas del sindicato, interviniendo con ello en la elección del sindicato y violando los principios electorales universalmente aceptados. Además, es violatorio y contraviene lo señalado en la Ley Federal del Trabajo, que en el Artículo 359 señala:
«Los sindicatos tienen derecho a redactar sus estatutos y reglamentos, *elegir libremente a sus representantes,* organizar su administración y sus actividades y formular su programa de acción, *respetando los lineamientos que esta ley establece con el propósito de garantizar la democracia interna.*»
Lineamientos que señalan en su Artículo 15 que:
«De manera general, en los procedimientos de democracia sindical deberá observarse lo siguiente:
*VI. El patrón no podrá tener intervención alguna durante la consulta,* por lo que únicamente podrá coadyuvar con el Centro en aquello que le sea solicitado, siempre bajo el principio de no injerencia; y lo que señala el Capítulo Tercero de las Reglas Comunes Aplicables a los Procedimientos de Democracia Sindicales a Cargo de los Sindicatos», que en su Artículo 4 señala:
«De los Lineamientos Generales para los Procedimientos de Democracia Sindical. Los procedimientos de democracia sindical se rigen bajo los principios de legalidad, certeza, lealtad, imparcialidad y eficiencia.»
Con el apoyo de la imagen de una de las planillas, se consuma además el intervencionismo de la Rectora a cambio de que Neftalí siga guardando silencio en el caso de la estafa. La ilegalidad, la falta de proporcionalidad, equidad, igualdad y la falta de objetividad e imparcialidad ordenada por la SCJN como parte esencial de todo proceso de elección, es que solo quedará el desconocimiento del actual proceso y su inmediata y correcta reposición.