25 años de carcel a quien impida llover en Oaxaca
Se reformó el segundo párrafo del artículo 384 y el primer párrafo del artículo 385; se agregó el artículo 384 bis y la fracción IV al artículo 385.

RFInforma / Oaxaca/ miércoles 10 de julio del 2024
Redacción.-
Con 24 votos a favor, la Legislatura estatal aprobó la reforma al Código Penal de Oaxaca para incrementar las penas por despojo de aguas. Además, ahora se considera como este delito a la acción de obstaculizar, disminuir e impedir la precipitación de lluvias.
Se reformó el segundo párrafo del artículo 384 y el primer párrafo del artículo 385; se agregó el artículo 384 bis y la fracción IV al artículo 385.
¿Quién se considera que comete el despojo de aguas?
Dentro del artículo 384 bis se estableció que comete el delito de despojo de aguas quien:
Obstaculice las lluvias
Disminuya o impida la precipitación de lluvias mediante la dispersión de nubes o alteración de los ciclos hidrológicos naturales por vía química, sónica u otra
Castigo de hasta 25 años a quienes impidan precipitaciones
Se castigará a quien desvíe o haga uso de aguas propias o ajenas o impida su libre curso o haga uso de un derecho real sobre aguas que no le pertenezcan. Así como a quien despoje de aguas del ámbito estatal o nacional asignadas al estado o municipios en beneficio colectivo de una comunidad urbana o rural, o para uso doméstico.
El despojo de aguas se castigará hasta con 25 años de prisión y con una multa económica de mil a mil 200 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
La reforma surgió de una iniciativa del diputado Horacio Sosa Villavicencio, de Morena, la cual fue dictaminada por la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia.
En su exposición de motivos, el legislador manifestó que “evitar la precipitación de lluvias es una conducta contra el equilibrio natural, pero además es un atentado contra la forma de vida de las comunidades de Oaxaca, estado en el que los cultivos son centralmente de temporal, evitar la lluvia constituye una acción que debe ser considerada criminal y perseguida por el derecho penal, dado que atenta contra las posibilidades de alimentación y sobrevivencia de las familias campesinas”.
Aviones con sustancias químicas estarían dispersando nubes de lluvia
Los campesinos han reportado, desde el año 2002, el sobrevuelo de aeronaves en la zona fronteriza entre los estados de Oaxaca y Puebla. Presuntamente, desde las aeronaves se lanzan sustancias químicas para dispersar las nubes de lluvia en esa región que abarca más de 500 mil hectáreas.