Inconstitucional que los bancos entreguen tu secreto bancario a la FGR

El secreto bancario es la protección que los bancos e instituciones financieras deben otorgar a la información relativa a los depósitos y captaciones

Economía y Negocios

Ene-26-2024

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Inconstitucional que los bancos entreguen tu secreto bancario a la FGR

 

RFInforma / Ciudad de México / viernes 26 de enero del 2024

Redacción.-

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dado a conocer que es inconstitucional que los bancos BBVA, Banorte, Santander o cualquier otro entre información a la Fiscalía General de la República.

Sí, la SCJN dijo que la facultad contenida en la Ley de Instituciones de Crédito, sobre la entrega y el acceso a la información bancaria de un usuario para fines penales, sin autorización judicial previa, es inconstitucional.

¿Por qué la SCJN prohíbe entregar información a la FGR?

La SCJN emite la resolución luego de analizar el caso donde la Procuraduría General de la República, PGR, (actual Fiscalía General de la República, FGR) solicitó a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) información sobre las cuentas bancarias de una persona.

La situación es que la PGR ordenó, sin una autorización judicial, dado que el artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de Crédito, lo permite, información bancaria que le permitiría al ministerio público pedir la vinculación a proceso de la persona por un delito fiscal, donde el juez de control la negó.

Violación a la vida privada

La persona imputada promovió un juicio de amparo indirecto reclamando la inconstitucionalidad al permitir que se brinde información sobre su vida privada sin control judicial previo. El amparo se sobreseyó y en desacuerdo la parte quejosa interpuso un recurso de revisión que fue remitido a este alto tribunal para resolver sobre la constitucionalidad del artículo.

¿Qué declaró la SCJN sobre entregar la información bancaria?

La SCJN dejó claro que el artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de Crédito, que permite al Procurador General de la República o la persona servidora pública en quien delegue facultades requerir información bancaria a las instituciones financieras para fines penales, sin autorización judicial, es inconstitucional al vulnerar el derecho a la privacidad.

¿Cómo se protege el derecho al “Secreto Bancario”?

Los jueces de la SCJN justificaron la resolución al mencionar que el artículo 16, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos protege el derecho a la vida privada de las personas.

Por lo tanto, para salvaguardar ese derecho, en el marco de las operaciones y servicios bancarios, el legislador estableció en el artículo 142, primer párrafo, de la Ley de Instituciones de Crédito, el «secreto bancario», se impide a las autoridades bancarias brindar información, datos o documentación de sus clientes o usuarios.

De esta manera, los bancos BBVA, Banorte, Santander o cualquier otro no pueden entregar dicha información a sin autorización judicial.

¿Qué es el secreto bancario?

El secreto bancario es la protección que los bancos e instituciones financieras deben otorgar a la información relativa a los depósitos y captaciones de cualquier naturaleza que reciban de sus clientes, de acuerdo con la Comisión Nacional Bancaría y de Valores (CNBV).

¿Cuándo BBVA, Banorte, Santander u otro banco podrá entregar información?

Las instituciones financieras, como BBVA, Banorte, Santander o cualquier otro banco, estarán obligadas a dar esta información, cuando lo solicite la autoridad judicial, siempre que exista un juicio en el que el titular o, en su caso, el fideicomitente, fideicomisario, fiduciario, comitente, comisionista, mandante o mandatario sea parte o acusado.

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