Evita multa con el SAT habilitando tu buzón tributario y actualizando tus datos

«A partir del primero de enero de 2024, se impondrá multa a los contribuyentes que no hayan habilitado el buzón tributario»

Economía y Negocios

Nov-17-2023

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Evita multa con el SAT habilitando tu buzón tributario y actualizando tus datos

 

RFInforma / Ciudad de México / viernes 17 de noviembre del 2023

Redacción.-

Si eres contribuyente y no has habilitado tu buzón tributario, debes hacerlo cuanto antes porque a partir del primero de enero de 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá multar a quien no cumpla con ello.

El fisco dio una prórroga hasta el 31 de diciembre para que tanto particulares como autoridades de la Administración pública centralizada y paraestatal, así como organismos autónomos que usen o no el buzón tributario, ya que es una herramienta mediante la cual el fisco envía avisos y notificaciones a contribuyentes.

«A partir del primero de enero de 2024, se impondrá multa a los contribuyentes que no hayan habilitado el buzón tributario o no hayan registrado o actualizado sus medios de contacto», se lee en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2023.

Roberto Colín, integrante de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), recordó que actualmente, la multa por incumplir con ello va de los 3 mil 420 pesos hasta los 10 mil 260 pesos, según el Código Fiscal de la Federación.

Sin embargo, este monto no se actualiza desde el 2022, por lo que podría ser mayor en 2024, acotó.

Explicó que para evitar estas multas, lo recomendable es que los contribuyentes habiliten cuanto antes su buzón tributario o actualicen sus datos de contacto, de ser el caso.

Para ello, es necesario contar con la e.firma o firma electrónica, para el caso de las personas morales y con la e.firma portable o contraseña para el caso de las personas físicas.

Además, se debe tener al menos un correo electrónico y un número de teléfono celular.

«Para efecto de la habitación del buzón tributario sí se requiere dejar estos medios de contacto y aquí tenemos ya tres obligaciones: habilitar el buzón, registrar medios de contacto y después, actualizarlos si se requiere porque esto último puede llevarte también a un incumplimiento», dijo Colín.

Pasos a seguir si se cuenta con requisitos necesarios:

1.- Acceder: para habilitar el buzón tributario debes acceder a la página del sat.gob.mx. En el lado derecho aparece un apartado color verde con la leyenda «buzón tributario».

2.- Dar clic en el apartado: esta acción te redirigirá a un sitio para ingresar con el RFC y clave, o RFC y firma electrónica, más un captcha para comprobar que no es un robot.

3.- Configurar: elige la opción configuración y llena el formulario de medios de contacto. Debes registrar tu correo electrónico y el número celular.

4.- Confirmar medios de contacto: para el correo electrónico debes dar clic en el vínculo que llegará a su correo, y para el teléfono celular, ingrese el código enviado a tu teléfono vía mensaje de texto en el formulario de medios de contacto.

Después, entra al buzón tributario y elija la opción «configuración» y registre el código donde se lee «captura el código de activación que te enviamos por SMS». Elegir continuar y listo, quedará activado el buzón tributario.

El experto aclaró que hay personas que no están obligadas a habilitar el buzón tributario y detalló que son aquellas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica, suspendidos, así como las personas físicas que hayan obtenido ingresos por sueldos y salarios en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.

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