Reforma busca incrementar la prima de antigüedad y reducir el tiempo mínimo de servicio
Pretende disminuir de 15 a 12 años el periodo mínimo de tiempo de servicio

RFInforma / Ciudad de México / jueves 20 de abril del 2023
Redacción.-
Los trabajadores que terminen una relación laboral con su patrón podrían obtener una prima de antigüedad más elevada, a razón de 15 días de salario por cada año laborado. Esto sería posible de aprobarse la iniciativa de reforma al 162 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), promovida por el senador Cristóbal Arias Solís (Morena).
Además, esta medida también pretende disminuir de 15 a 12 años el periodo mínimo de tiempo de servicio para que los trabajadores que dejan una empresa puedan tener derecho a esta prestación. Eso haría que más personas puedan recibir este dinero al terminar una relación laboral con un patrón.
Actualmente, la Ley Federal del Trabajo indica lo siguiente en su artículo 162: «La prima de antigüedad se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios, por lo menos. Asimismo, se pagará a los que se separen por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la justificación o injustificación del despido».
Con la reforma al de reforma al artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) lo que haría es reducir de 15 a 12 años de servicio el requisito para poder obtener ese beneficio al momento de una renuncia o despido. También elevaría los montos de esta prestación, al subirlos al equivalente de 12 días de salario hasta los 15 por cada año laborado.
Ahora, la LFT vigente dice lo siguiente sobre los días pagados por cada año: «La prima de antigüedad consistirá en el importe de doce días de salario, por cada año de servicios». Con el cambio, la parte donde señala 12 días se reformaría para quedar en 15 días.
La prima de antigüedad se concede tanto a los trabajadores que dejan voluntariamente una empresa como a aquellos que son despedidos por cualquier razón. En el primer caso, solo se otorga la prestación si el trabajador ha cumplido al menos 15 años de servicio.
Sin embargo, si la terminación del empleo es por decisión del empleador, ya sea justificada o no, el pago de la prima de antigüedad debe hacerse independientemente del tiempo de servicio. El pago de la prima de antigüedad se realiza en los siguientes casos:
- Por renuncia voluntaria del trabajador.
- Cuando el patrón lo despida justificada o injustificadamente.
- Al fallecer el trabajador. En dicha situación se pagará a quienes legalmente demuestren contar con ese derecho.
Son muchos los cambios que en los últimos años se han dado en materia laboral. Entre ellas, el incremento más acelerado de los salarios mínimos y la aprobación de las llamadas vacaciones dignas.
Actualmente, también se discute una reforma para modificar los horarios de trabajo en México, que reduciría la cantidad de horas que trabajan los mexicanos, y que especialmente modificaría las condiciones de los empleos nocturnos.