ONGs respaldan con argumentos la suspensión del Plan B ante la Suprema Corte

La suspensión es indispensable para la salvaguarda del principio de certeza electoral y democrática.

Nacional e Internacional

Mar-28-2023

187
ONGs respaldan con argumentos la suspensión del Plan B ante la Suprema Corte

 

RFInforma / Ciudad de México / martes 28 de marzo del 2023

Redacción.

Organizaciones de la sociedad civil presentamos un amicus curie para respaldar los argumentos que justifican la suspensión de la primera parte del Plan B otorgada por el Ministro Alberto Pérez Dayán, porque consideramos que es un tema de relevancia nacional con efectos graves y duraderos para nuestra democracia.

El daño irreparable al que hacemos mención consiste en que las modificaciones propuestas en el decreto de reforma descontextualizan el concepto de propaganda gubernamental al permitir que los servidores o instituciones públicas promocionen su trabajo con fines políticos o partidistas, sin las limitaciones que marca la Constitución. Además, permite la propaganda gubernamental en los 3 días entre el fin de las campañas y el día de la votación. Esto genera un desequilibrio en la balanza democrática que atenta contra la posibilidad de ejercer un voto libre. Las consecuencias tendrían un efecto duradero en la percepción ciudadana sobre la legitimidad e integridad de las instituciones democráticas, además de suponer una ventaja permanente para ciertas fuerzas políticas y sus candidatos.

Por otra parte, la aplicación de las disposiciones del Plan B para las elecciones del Estado de México y Coahuila viola el artículo 105 constitucional, que ordena que las leyes electorales se promulguen y publiquen al menos 90 días antes del inicio del proceso electoral al que vayan a aplicarse. La finalidad de esta disposición es asegurar la plena certeza en el desarrollo de los

procesos electorales y, crucialmente, garantizar que la Suprema Corte tenga un plazo suficiente para poder dictaminar respecto a la constitucionalidad de las modificaciones efectuadas. En este caso, no se respetó este plazo, por lo que la suspensión es la medida para lograr que se cumplan los objetivos del mandato constitucional.

Consideramos que, otorgar la suspensión es acorde con los criterios emitidos por la propia Suprema Corte en relación con la suspensión concedida para el segundo paquete de reformas solicitada por el INE en la controversia constitucional. Y, por tanto, celebramos la posición del Ministro Javier Laynez para otorgar dicha suspensión y para garantizar la máxima protección al orden constitucional y a los derechos humanos; en este caso, de los derechos político-electorales de la ciudadanía.

Organizaciones:
– Práctica: Laboratorio para la Democracia
– Instituto de Estudios para la Transición de la Democracia
– Causa en Común
– Nosotrxs
– Borde
– Acción Ciudadana Frente a la Pobreza
– Movimiento CUS
– Red Global de Acción Juvenil GYAN México
– Diálogo, Innovación y Cambio