DETERMINÓ EL TEEA INEXISTENTE DE LA QUEJA CONTRA EL PAN
Este miércoles el Tribunal Electoral determinó inexistente la vulneración a los derechos de Manuel Cortina Y Ma. Leticia Ramírez Alba
RFInforma® – Aguascalientes, miércoles 22 de diciembre del 2021
Redacción.-
Los promoventes, en su calidad de militantes del PAN, impugnaron la resolución CJ/JIN/325/2021, mediante la cual se confirmó la procedencia de las candidaturas al proceso de elección del Comité Directivo Estatal del PAN.
Esencialmente, aducen una serie de irregularidades en el mecanismo de registro y en la procedencia de la planilla ahora electa; además, se dolieron de que la autoridad responsable los dejó en estado de indefensión al no valorar debidamente sus registros y por ende los imposibilitó para participar en la contienda.
El Tribunal, determinó confirmar la resolución de la Comisión de Justicia del Partido Acción Nacional dentro del expediente partidista antes citado, y dejar subsistente el proceso de elección de dirigente estatal del referido partido, ante la inexistencia de alguna violación a las disposiciones normativas aplicables.
Sin embargo, se impuso a la Comisión de Justicia del Comité Ejecutivo Nacional del PAN, una multa consistente en cien -100- Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a la cantidad de ocho mil novecientos sesenta y dos pesos moneda nacional -$8,962.00 M.N.-, por la gravedad de su conducta y la dilación injustificada que esta generó para decidir lo que en derecho correspondía y/o enviar las constancias respectivas, pues omitió atender un deber legal expreso, y con ello se lesionó la garantía de acceso a la justicia de la y el promovente.