TEPJF sanciona a 25 servidores publicos por incluir la imagen de AMLO en el «Censo del Bienestar»
Las tarjetas bancarias fueron entregadas durante el periodo de transición e inicio del mandato de López Obrador
RFInforma® – Ciudad de México, miércoles 15 de diciembre del 2021
Redacción.-
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sancionó a 25 servidores públicos debido a que, durante la entrega de las tarjetas bancarias a los beneficiarios del “Censo del Bienestar”, se promocionó la imagen del presidente Andrés Manuel López Obrador.
De acuerdo con la autoridad electoral, los uniformes (chalecos) que portaban los llamados “servidores de la nación” contenían un estampado con las frases “Andrés Manuel López Obrador, Presidente de México” y “Censo para el bienestar”.
El Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunció a los “servidores de la nación” y a otros funcionarios de la Secretaría del Bienestar al considerar que quebrantaron el principio de imparcialidad con el uso indebido de los recursos públicos.
Las tarjetas bancarias fueron entregadas durante el periodo de transición e inicio del mandato de López Obrador, de julio a noviembre de 2018 y de diciembre de 2018 a mayo de 2019.
La denuncia se hizo en contra de María Luisa Albores, entonces titular de la Secretaría de Bienestar; Gabriel García Hernández, coordinador general de Programas para el Desarrollo del Gobierno Federal; delegados Estatales y Coordinadores Regionales de Programas para el Desarrollo y de los “servidores de la nación”.
En su oportunidad, la Sala Especializada determinó que los involucrados violentaron la prohibición de utilizar la propaganda gubernamental y los recursos públicos para posicionar el nombre e imagen de otro servidor público (AMLO), como está previsto en el artículo 134 de la Constitución Política.
Por ello, atribuyó responsabilidades a tres servidores públicos que cometieron los actos y los difundieron en las redes sociales. Sin embargo, inconforme con ello, el PRD presentó un recurso de revisión ante la Sala Superior en el que solicitó sanciones para el Ejecutivo Federal.
También contra otras personas involucradas, las cuales no fueron sancionadas debido a que, en el lugar donde presuntamente se cometió el ilícito, no había un proceso electoral en curso.
Morena se inconforma
Por su parte, Morena y algunos de los servidores públicos sancionados presentaron un recurso de revisión para que se dejara sin efectos la sentencia.
A propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, en el proyecto aprobado en sesión pública por videoconferencia, se reiteró que, a pesar de beneficiarse con el posicionamiento indebido de su imagen, ninguna prueba demuestra que el Ejecutivo Federal haya orquestado la estrategia masiva de promoción.
Al resolver el fondo de la controversia, se modificó la sentencia impugnada para fincar responsabilidades a los servidores públicos que habían sido excusados bajo la justificación territorial, pues la Constitución prohíbe usar propaganda gubernamental y recursos públicos para promover la imagen de algún funcionario.
De igual forma se recordó que los recursos públicos deben ser aplicados con imparcialidad y en beneficio de la sociedad, no para influir en la competencia electoral ni para publicitar a algún funcionario.
La prohibición aplica a los Poderes de la Unión, órganos autónomos, dependencias, entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de Gobierno. Asimismo, aplica al sujeto emisor o responsable y al contenido de los actos de promoción.
Al final, el pleno confirmó la responsabilidad atribuida por la Sala Especializada a tres servidores públicos adscritos a la Secretaría del Bienestar y, en plenitud de jurisdicción, tuvo por acreditada la responsabilidad de veintidós servidoras y servidores públicos adicionales.