Así es como un policía puede hacerte la “revisión de rutina”

Un policía si puede revisarte, pero, ¿Qué lo faculta? y ¿Cómo y en qué casos debe de hacerlo?

Aguascalientes

Nov-03-2021

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Así es como un policía puede hacerte la “revisión de rutina”

 

RFInforma® – Aguascalientes, miércoles 3 de noviembre de 2021

Redacción.-

 

Según lo comentado por el secretario de seguridad pública del municipio de Aguascalientes, Antonio Martínez Romo, las tan criticadas revisiones de rutina, si son legales, pero el concepto es erróneo, puesto a que estas deben llamarlas revisiones corporales o de vehículo, mismas que están facultadas por el código nacional de procedimientos penales.

“Estamos facultados para realizarla, cuando tenemos sospecha razonada , que inclusive, hay jurisprudencia sobre el tema, si se pueden hacer revisiones apegadas al artículo 21 constitucional, muchos apelan al 16 constitucional de que nadie puede ser molestado, pero en el ejercicio de elementos, en temas de prevención del delito lo podemos hacer.” comentó.

Sin embargo, el secretario señaló que es con la simple sospecha un argumento suficiente para que el elemento pueda realizar una revisión al ciudadano.

Agregó que si la persona señalada también tiene similitud hacia el reporte de algún ofendido que de una individualización del probable responsable, se le podrá aplicar el protocolo.

“Siempre y cuando a la persona se le diga la causa que se está investigando, lectura de derechos inclusive, para que podamos nosotros proceder a hacer la revisión.”