AMLO y Ariadna Montiel violaron veda electoral, ratifica TEPJF

Tras apelacion, los magistrados decidieron desechar la apelación de Morena al considerar que no está legalmente facultado para apelar

Nacional e Internacional

Oct-28-2021

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AMLO y Ariadna Montiel violaron veda electoral, ratifica TEPJF

 

RFInforma® – Ciudad de México, jueves 28 de octubre de 2021

Redacción.-

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó que el presidente Andrés Manuel López Obrador y la subsecretaría de Desarrollo Social Ariadna Montiel violaron la veda electoral previo a la consulta popular del 1 de agosto para enjuiciar a los actores políticos del pasado.

Y es que las y los magistrados de la Sala Superior del TEPJF estimaron que, durante la conferencia del 19 de julio, fecha en la que ya era vigente la veda, se difundieron logros de Gobierno al anunciar la incorporación de adultos mayores desde 65 años al programa de pensiones.

La Sala Especializada ya había determinado en el mismo sentido, decisión que fue impugnada tanto por el presidente de la República, así como por la Subsecretaria Adriana Montiel y por el partido Morena.

En sesión pública celebrada este miércoles, las y los magistrados de la Sala Superior decidieron desechar la apelación de Morena al considerar que no está legalmente facultado para apelar.

Sobre la apelación del presidente de la República y la subsecretaria, dijo que son infundados, pues las referencias a las pensiones a adultos mayores durante la citada conferencia sí constituyeron propaganda gubernamental.

Señalaron que, por tanto, con esta acción se incurrió en el uso indebido de recursos públicos, así como en la vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad en la consulta popular.

No obstante, las y los magistrados calificaron de fundada la apelación en cuanto a la calificación que hizo la Sala Especializada de la gravedad de la conducta, pues estimaron que la sala no es competente para hacer la calificación.

Por ello, modificaron la resolución solo para el efecto de dejar sin efectos la calificación de la conducta, la cual había sido considerada como grave.

Asimismo, las y los magistrados dejaron firme la decisión de dar vista a los órganos internos de control tanto de la presidencia de la República como de la Secretaría del Bienestar para la aplicación de las sanciones correspondientes.

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